Carta Certificada Correos de Chile

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No es necesario volver a agregar los datos de la causa si estos ya fueron agregados en otra diligencia dentro del mismo pedido.
C-12345-2025
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Descripción

La Carta Certificada conforme al artículo 46 del Código de Procedimiento Civil es una diligencia obligatoria que debe realizar el receptor judicial en diversos actos procesales, tales como:

  • La notificación personal subsidiaria conforme al artículo 44 CPC,

  • La práctica de un embargo, según el artículo 450 CPC,

  • O la tramitación del cumplimiento incidental de sentencia, conforme al artículo 233 CPC.

Esta carta tiene por finalidad informar formalmente a la persona afectada que se ha practicado un acto procesal en su contra, debiendo enviarse dentro del plazo legal a través de Correos de Chile, y registrarse en el expediente.

🔹 ¿Qué incluye este servicio?

  • Redacción y confección de la carta según los requisitos legales.

  • Envío de la carta certificada a través de Correos de Chile, dentro del plazo legal (dos días hábiles desde la diligencia).

  • Registro del envío en el expediente judicial:

    • Fecha,

    • Oficina de correo,

    • Número de comprobante.

🔹 Requisitos para contratar este servicio:

  • Diligencia previa que obliga al envío de carta certificada (ej. notificación art. 44, embargo, cumplimiento incidental).

  • Domicilio completo de la persona a quien debe dirigirse.

  • Identificación del tribunal, rol y nombres de las partes.

🔹 Importante:

  • Este servicio es obligatorio por ley en los casos indicados.

  • El valor del servicio corresponde únicamente al arancel vigente de Correos de Chile.

📍 ¿Tienes dudas?
Contáctanos antes de contratar este servicio. Te orientaremos sobre su finalidad y los requisitos que deben cumplirse en cada caso.