Embargo de Vehiculo Registro Civil

$50.500

Arancel según el Artículo 1° Letra H) del Decreto Exento 1.725 del Ministerio de Justicia

No es necesario volver a agregar los datos de la causa si estos ya fueron agregados en otra diligencia dentro del mismo pedido.
C-12345-2025
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Enviar CAV Registro Civil y Reslución que ordena el embargo del vehículo

Descripción

El embargo de vehículos motorizados es una diligencia mediante la cual el receptor judicial practica la traba de embargo sobre un automóvil, camión, motocicleta u otro vehículo del deudor, en cumplimiento de una resolución judicial.

Esta actuación se realiza conforme a lo dispuesto en los artículos 443 y 447 del Código de Procedimiento Civil, y para que tenga efectos legales debe ser inscrita en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Registro Civil.

🔹 ¿Qué incluye este servicio?

  • Redacción y firma del acta de embargo por el receptor judicial.

  • Registro del estado del vehículo y verificación de sus datos.

  • Inscripción del embargo en el Registro Civil.

  • Envío escaneado del acta y del comprobante de inscripción al correo del solicitante.

🔹 Requisitos para contratar este servicio:

  • Resolución judicial que ordene el embargo.

  • Certificado de Anotaciones Vigente del vehículo.

🔹 Importante:

  • El trámite de inscripción se realiza ante el Registro Civil, y está incluido en este servicio.

  • No incluye el arancel del Registro Civil.

📍 ¿Tienes dudas?
Contáctanos antes de contratar. Te explicaremos los requisitos y la forma correcta de practicar el embargo e inscribirlo conforme a derecho.